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NUESTRO SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES
"Un Tropezón no es caída"
Destinado a garantizar su tranquilidad ante la ocurrencia
de un accidente, el plan AP le ofrece la posibilidad de extender la
protección a todo el grupo familiar, pudiendo incluir a su
cónyuge e hijos mayores de 18 años de edad, en tanto
que, para sus hijos menores, se prevén importantes beneficios.
El producto en sí ha sido pensado como una alternativa válida
para atenuar las consecuencias económicas derivadas de los
accidentes a los que somos vulnerables los seres humanos y facilitar
la rehabilitación ante la ocurrencia de un hecho de este tipo.
¿Cuáles son nuestras coberturas?
I - Coberturas Básicas
Muerte por accidente
Esta cobertura implica que se abonará el total de la indemnización
pactada al beneficiario designado, si el accidente sufrido por la
persona asegurada causara su muerte.
Invalidez permanente (total o parcial) por
accidente
La cobertura implica abonar la indemnización pactada a
la persona asegurada, si el accidente le provocara una invalidez permanente,
pudiendo ésta ser total o parcial, de acuerdo con la naturaleza
y gravedad de la lesión sufrida y según la consideración
de los facultativos.
Hablaremos de una invalidez permanente total, cuando el asegurado
quedase imposibilitado para el desenvolvimiento de sus actividades
habituales como consecuencia del accidente sufrido. Por otra parte,
se tratará de una invalidez permanente parcial, cuando
el asegurado hubiera sufrido la disminución o la inhabilitación
total de la capacidad funcional o la amputación del miembro
u órgano lesionado a raíz del accidente.
II - Coberturas Adicionales
Asistencia médico-farmacéutica
por accidente.
Tomando esta cobertura, usted obtendrá el reintegro de
los gastos de asistencia médico-farmacéutica en que
hubiera incurrido por prescripción de un facultativo, con motivo
de un accidente.
Renta diaria por incapacidad temporaria por
accidente.
Si optase por esta cobertura, se le abonará una indemnización
diaria, si el accidente sufrido le impidiera atender completamente
sus ocupaciones habituales declaradas. La renta se extenderá
por un plazo máximo de un año, desde el inicio del tratamiento
médico, y tendrá una carencia de 15 días, a partir
de dicha fecha.
NOTA: la descripción de las anteriores coberturas constituye
un resumen informativo, quedando las mismas sujetas a los alcances
definidos en el texto de las Condiciones Generales y Particulares
de la póliza. Por este motivo, sugerimos su consulta para contar
con mayores precisiones.
¿Qué servicios adicionales le ofrecemos?
Gastos de sepelio. Reintegro de los gastos de los servicios
fúnebres para los familiares directos, en caso de fallecimiento
por cualquier causa de la persona asegurada.
Gastos de alojamiento y traslado. Asistencia del asegurado
accidentado por un familiar directo, efectivizable a través
del reintegro de los gastos de alojamiento y traslado a más
de 100 kilómetros de su domicilio habitual.
Los gastos de traslado comprenden la adquisición de pasajes
en líneas de transporte o el combustible, en caso de utilizarse
un vehículo particular.
De contratar el plan bajo la modalidad familiar, este servicio se
hará extensible a los accidentes sufridos por los menores de
18 años.
Asistencia familiar. Asistencia económica para
los beneficiarios designados, en caso de fallecimiento por cualquier
causa de la persona asegurada.
Cobertura de Invalidez Permanente (Total o Parcial) para
hijos entre 5 y 18 años. Los hijos con edades comprendidas
en el intervalo señalado, accederán sin cargo a una
cobertura de invalidez permanente (total o parcial) por una suma preestablecida.
Asistencia a los hijos menores de 18 años. Se
entregará una suma de dinero a cada uno de los hijos del titular
del seguro que sean menores de 18 años, con el objeto de preservarlos
ante la merma en los ingresos familiares que pueda originar la muerte
o la invalidez permanente del titular o del cónyuge, si este
último estuviera asegurado.
La suma dispuesta podrá destinarse a solventar los primeros
gastos en relación con los hijos, según la necesidad
particular de cada grupo familiar (educación, guardería,
gastos de asistencia médico-farmacéutica, etc.).
¿Existen otras alternativas de protección ante accidentes?
Entre otras opciones, hemos desarrollado el plan Viajes
Estudiantiles, un seguro colectivo, sumamente necesario a la hora
de amparar a los contingentes estudiantiles en los diversos viajes
que éstos puedan realizar, y el plan Deportistas, también
un seguro colectivo, destinado a proteger a los participantes de prácticas
deportivas no profesionales.
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