NUESTRO SEGURO DE COMBINADO FAMILIAR
"La seguridad bien entendida empieza por casa"

Nuestro plan Bernardino Hogar se destaca por combinar diferentes coberturas con un vasto conjunto de servicios gratuitos, de modo tal que su hogar cuente con una protección integral frente a aquellos eventos contingentes que comunmente puedan manifestarse en su seno. Se trata de un producto muy conveniente para propietarios de viviendas y demás personas que, a título de inquilinos, deseen preservar adecuadamente el patrimonio familiar.


¿Cuáles son nuestras coberturas

• Incendio

I - Cobertura Básica
Esta cobertura posibilita que su vivienda y efectos personales gocen de una efectiva protección ante los daños ocasionados por la acción del fuego, rayo o explosión, así como los provocados por cualquier medio empleado para extinguir o evitar su propagación.
Además, sus bienes estarán protegidos en caso de extravío en operaciones de salvamento y ante todo daño con origen en hechos tales como tumulto popular, huelga o lock-out, vandalismo, terrorismo y malevolencia, impacto de aeronaves y/o vehículos e, incluso, los ocasionados por el humo.


II - Coberturas Adicionales

Responsabilidad Civil como consecuencia de Incendio y/o Explosión
Mediante esta cobertura preservará el patrimonio familiar por la indemnización debida a un tercero, en razón de la responsabilidad civil derivada de los daños materiales que pudiera haber causado a dicha persona como consecuencia de fuego y/o explosión.

Huracán, Vendaval, Ciclón o Tornado
Con este adicional, usted podrá amparar las pérdidas o daños que deriven de un incendio producido por estos fenómenos climáticos, como así también el daño o destrucción causado como consecuencia directa de los mismos, incluyéndose las piezas vítreas.

Granizo
Este adicional le permite proteger sus bienes por los daños que pudieran sufrir como consecuencia del granizo.

• Robo y/o Hurto

Contratando esta cobertura se habrá asegurado una adecuada protección ante la pérdida por robo o hurto y los daños que soportase el mobiliario de la vivienda y el de sus familiares, huéspedes y/o servicio doméstico, en la comisión de los delitos mencionados o su tentativa, incluyendo los daños ocasionados al edificio para perpetrar el ilícito.
Asimismo, están comprendidos en la cobertura los daños causados a sus bienes, resultado de hechos tales como tumulto popular, huelga, lock-out, terrorismo, rebelión, motín, guerrilla, etc.

• Joyas, Alhajas y Pieles

Esta cobertura le permitirá remediar la pérdida por robo o hurto y los daños como consecuencia de tales delitos o su tentativa, de los bienes de uso de su propiedad (tales como bicicletas de paseo, máquinas fotográficas y filmadoras, joyas, alhajas y pieles, instrumentos musicales, etc.), en todo el territorio argentino y sus países limítrofes. Se incluyen también los daños a estos bienes derivados de hechos tales como tumulto popular, huelga, lock-out, terrorismo, rebelión, motín, guerrilla, etc.

• Aparatos Electromecánicos

Con esta cobertura podrá amparar la pérdida o daño de los aparatos y/o equipos abajo listados, producidos por incendio, robo o hurto y accidente, dentro del territorio argentino, quedando comprendida la obligación legal de pagar a terceros por los accidentes que causaran dichos bienes, según los principios de la responsabilidad civil.
Los bienes incluidos son los siguientes:
1) Audio, tv y video: videocaseteras, reproductores de video, equipos musicales, televisores, etc.
2) Resto de electrodomésticos: hornos microonda, heladeras, lavarropas, secarropas, parrillas eléctricas, freidoras, freezers, máquinas de coser, etc.

• Cristales

Esta cobertura le responderá en caso de rotura o rajadura de las piezas vítreas instaladas en su vivienda, comprendiendo, además, los gastos para su colocación.

• Accidentes Personales

Con esta cobertura, usted (o en su caso, la/s persona/s designada/s) estará protegido frente a todo accidente que pudiera ser causa originaria de su muerte o invalidez permanente. También estarán cubiertos aquellos producidos durante la participación en entretenimientos y deportes.

• Responsabilidad Civil por Hechos Privados

Mediante esta cobertura podrá preservar el patrimonio familiar por la indemnización debida a un tercero, en razón de la responsabilidad civil emergente de hechos que no se vinculen con su actividad (profesional, comercial o laboral).

A su vez, la cobertura incluye la responsabilidad civil por suministro de alimentos, existencia de pileta de natación y tenencia de animales domésticos.

NOTA: la descripción de anteriores coberturas constituye un resumen informativo, quedando las mismas sujetas a los alcances definidos en el texto de las Condiciones Generales y Particulares de la póliza. Por tal motivo, sugerimos su consulta.


¿Qué servicios adicionales le ofrecemos?


Con la idea de mejorar las alternativas de seguridad ofrecidas, Seguros Rivadavia ha acordado con la empresa SOS S.A., la prestación de servicios para el hogar. Dichos servicios se dividen en dos grupos: los que atienden las urgencias domiciliarias y varios adicionales, que procuran resolver situaciones imprevistas, aportando soluciones al grupo familiar.

Podrán  hacer uso de éstos servicios los asegurados con pólizas vigentes del ramo Combinado Familiar que, al momento de requerir cualquiera de los servicios, cuenten con los pagos de la póliza al día. Los mismos serán brindados a nivel nacional.

Las prestaciones de los servicios de Asistencia se encuentran sujetas a las consideraciones y limitaciones descriptas en las respectivas Condiciones de Prestación. Por tal motivo, si desea obtener mayores precisiones, aconsejamos su consulta (para consultar las Condiciones, ingrese aquí).

Por tratarse de prestaciones gratuitas, dichos servicios no forman parte de la cobertura de la póliza contratada, siendo de libre elección su utilización por parte del Asegurado y/o Beneficiario/s. A su vez, cabe destacar que su utilización no implica reconocimiento de cobertura del Asegurado en los siniestros, reservándose Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda. la facultad de declinar responsabilidad en los términos de la Ley de Seguros N° 17.418 y/o disposiciones contractuales.


URGENCIAS DOMICILIARIAS


Comprende el envío inmediato de personal especialmente preparado para resolver los siguientes casos urgentes (se cubren los gastos de traslado y mano de obra):

• Plomería. Pérdidas de agua producidas por avería o rotura de caerías por accidente; conexiones externas de agua y llaves de paso.

• Electricidad. Cortes de luz provocados por cortocircuito en el interior de la vivienda.

• Gas. Fugas o escapes de gas de las instalaciones externas.

• Cerrajería. Unica puerta de acceso con su cerradura trabada, que impida el ingreso o egreso desde la vivienda; robo, hurto o extravío de las llaves que torne imposible el acceso; bloqueo de la cerradura, quedando encerrada una persona dentro de la vivienda; robo al domicilio o su tentativa, donde quede inutilizada la cerradura de acceso.

• Cristales. Rotura de cristales y/o vidrios de puertas y ventanas exteriores, que impliquen desprotección de la vivienda. En este caso, también se cubrirán los gastos en materiales.

OTROS SERVICIOS ADICIONALES

• Personal de seguridad (*).
De quedar su vivienda desprotegida o de resultar seriamente afectadas sus condiciones de seguridad, le enviaremos personal de vigilancia para que se encargue de cuidarla.

• Gastos de la mudanza de muebles (*).
En caso de que su vivienda quedara inhabitable y fuera necesario retirar el mobiliario de su interior, se organizará el traslado de los bienes muebles por una empresa especializada.

• Gastos por la guarda de muebles (*).
Cuando fuera imposible conservar el mobiliario en su vivienda, pondremos a su disposición un depósito para su guarda.

• Gastos de hotel (*).
En caso de que su vivienda quedara inhabitable, le abonaremos los gastos del hotel en donde deba alojarse, durante 2 días y hasta para 5 personas.

• Servicio de limpieza (*).
Si su vivienda quedara inhabitable, podrá solicitar este servicio para recuperar superficialmente los daños y permitir la entrada a la misma.

• Servicio de empleada doméstica.
De ocurrir un accidente doméstico que hiciera necesario hospitalizar a la dueña de casa y, además, quedase en la vivienda, al menos, un morador con menos de 14 años, asumiremos los gastos de una empleada, si no contase con este servicio en forma habitual.

• Retorno anticipado.
Si sufriera un robo con violentación de puertas o ventanas, incendio y/o explosión en su vivienda, con riesgo de producirse mayores daños, nos encargaremos de los gastos que implique trasladarlo hasta su domicilio.

• Retorno del vehículo.
Cuando debiera regresar anticipadamente a su domicilio haciendo uso del servicio anterior y, originalmente, hubiera viajado en un vehículo propio, pondremos a su disposición un pasaje de ida para que pueda trasladarse en su búsqueda.

• Servicio de información.
Si así lo requiriese, le proporcionaremos los números telefónicos de Bomberos, Hospitales, Policía y demás servicios de emergencia.

• Transmisión de mensajes urgentes.
También si lo solicitase, transmitiremos, dentro del territorio argentino, aquellos mensajes relacionados con eventos previstos en estos servicios.

(*) Siempre como consecuencia de un siniestro cubierto.

NOTA: podrán hacer uso del servicio gratuito de Asistencia al Hogar todos los asegurados del ramo Combinado Familiar, quedando las prestaciones sujetas a las consideraciones y limitaciones descriptas en el respectivo juego de Condiciones de Prestación.

"La mejor Protección para su Hogar"
Las 24 horas, los 365 días del año, trabajamos por su seguridad.

Para solicitar estos servicios, llame a estos teléfonos: 0800-666-6789 ó (011) 4129-8100

     
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