Fraude en Seguros

Guía de Recomendaciones

Seguros Rivadavia se propone alertar a sus Tomadores, Asegurados, Beneficiarios y/o Damnificados sobre la existencia del fraude en el mercado asegurador.

Fraude en seguros es toda acción u omisión tendiente a obtener ilegítimamente un beneficio por parte de los asegurados, terceros, agentes de seguros, talleres, médicos, abogados, proveedores y empleados, así como otros profesionales que intervengan en ocasión de la contratación, emisión y/o contabilización de un seguro, o en la producción, comunicación, intervención y/o reparación de un siniestro.

Uno de sus efectos, es el impacto directo que posee sobre el costo de las primas. Dado que el incremento siniestral es una de las variables esenciales que afectan el costo de las coberturas.

Las buenas prácticas, el trato justo y la buena fe, deben estar arraigadas en todas nuestras acciones como aseguradores y asegurados.

Para evitar que de manera voluntaria o involuntaria contribuyan a perpetrar una maniobra fraudulenta, es que se recomienda:

  • Nunca deben firmar en blanco formularios de reclamos o denuncias de siniestros.
  • Nunca deben aceptar dinero, o suscribir documentos o acordar apoderamientos cuyos alcances y efectos no comprendan, como tampoco deben reconocer hechos que no han sucedido, ni aceptar la asistencia letrada de terceros desconocidos.
  • No deben modificar el estado de las cosas dañadas por el siniestro (con excepción de la obligación de salvamento en orden a que en la medida de sus posibilidades debe evitar o disminuir el agravamiento del daño), como tampoco exagerar fraudulentamente los daños; emplear pruebas falsas; o proporcionar información complementaria falsa.
  • El fraude que se dirige contra el asegurador causa daños a toda la comunidad, incide en los costos de las primas, y ocurre cuando la gente engaña a la Compañía (y/o al productor asesor de seguros) para cobrar dinero u obtener alguna otra ventaja a la que no tiene derecho.
  • El fraude que afecta al asegurador es un delito. La variación, simulación o tergiversación de circunstancias personales, temporales, objetivas, de causalidad, de lugar y la provocación deliberada, o la simulación total o parcial del acaecimiento del siniestro, son algunas de las formas de fraudes más comunes, lo que lleva a admitirlo como natural, sin comprender la gravedad que conlleva.
  • Las declaraciones falsas o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que de ser tomadas en cuenta hubiesen impedido el contrato o modificado sus condiciones, hacen nulo el contrato, resultando de mayor gravedad las consecuencias frente a actitudes dolosas o de mala fe.
  • Recuerden que pueden ser voluntaria o involuntariamente implicados en una maniobra de fraude. Siempre existe el riesgo de que alguna persona con muy malas intenciones lo induzcan a realizar prácticas que están por fuera de la ley.
  • Nunca deben avenirse a cooperar en la realización de una maniobra de fraude.
  • Nunca deben facilitar los datos ni el acceso de sus pólizas a terceros cuando ello no se justifique, ni permitir que se sustituyan o simulen las reales circunstancias personales, temporales, objetivas o causales, relativas al acaecimiento de un siniestro.
  • Deben mantenerse alerta sobre accidentes repentinos o de extraña modalidad que sufra, especialmente si están involucrados presuntos afectados en bicicleta, motocicleta o peatones.
  • Deben procurar obtener datos de testigos reales, y documentar acorde a sus posibilidades, las circunstancias del siniestro, mediante fotografías, filmaciones, etc., para evitar que aquellas sean distorsionadas en su contra.
  • Siempre deben consultar con su aseguradora ante cualquier duda o eventualidad y comunicar novedades que surjan.
  • Recuerden que deben formular a su aseguradora la denuncia del acaecimiento del siniestro. Procuren formalizar dicha denuncia y que le sea informado el número de siniestro por el que tramitará internamente en la entidad.
  • En caso de robo del vehículo asegurado o de existir lesionados en oportunidad de un accidente de tránsito, deberán tomar contacto de inmediato con las autoridades policiales, a los efectos de formalizar la denuncia pertinente.
  • Tengan presente que sus cobertura pueden tener limitaciones, en orden a ítems, riesgos o conceptos no cubiertos, como por ejemplo franquicias.
  • Deben estar advertidos respecto de la oferta de coberturas, generalmente de costo por debajo de la media del mercado, por parte de comercializadores no autorizados.
  • Si bien está permitido asegurar el mismo interés y el mismo riesgo con más de un asegurador, deberán notificarlo a todas las entidades. No es lícito que la indemnización supere el monto de daño sufrido, como tampoco perseguir el cobro respecto de un siniestro que ya fue reparado por alguna otra aseguradora.
  • No adquieran autopartes o repuestos de dudosa procedencia. No sólo porque pueden ser el producido de un delito grave, sino porque tampoco está garantizada su calidad. En su caso, acudan a los desarmaderos legalmente regulados, cuyos productos están certificados e identificados. Para mayor información ingresen en www.dnrpa.gov.ar y así podrán acceder al listado de los desarmaderos inscriptos en el Registro Único de Desarmaderos de Automotores (RUDAC)
  • No adquieran vehículos con faltante de título automotor, libre deuda, o verificación policial. Podrían ser producto de un delito grave.
  • Realicen de manera inmediata la transferencia del automotor vendido o comprado.
  • Realicen denuncia de venta de la unidad que hayan transferido.
  • No adquieran bienes en comercios que no les provean facturas de compra.
  • Realicen el pago de la cuota del seguro sólo mediante los canales de comercialización indicados por la Aseguradora o su productor asesor de seguros.

Seguros Rivadavia participa activamente de la lucha contra el fraude en el seguro, y posee un departamento específico de análisis y prevención. El tema nos incumbe no solamente desde lo económico, sino también desde un punto de vista cultural, ético y moral.

Tengamos presente que el fraude es un delito, y como todo delito deben ser penadas las personas que lo cometen. Consideramos que nuestros asegurados juegan un rol esencial en la prevención y detección de esta amenaza.

El fraude en el seguro nos perjudica a todos, conozcamos sus implicancias, sembremos conciencia y luchemos todos juntos para prevenirlo y erradicarlo.

Ponemos a su disposición nuestro número telefónico en caso que desee comunicar alguna situación irregular donde se presuma un evento de fraude en el seguro. Teléfono de contacto: 0-810-999-3200.

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La entidad aseguradora dispone de un Servicio de Atención al Asegurado que atenderá las consultas y reclamos que presenten los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y/o derechohabientes. En caso de que existiera un reclamo ante la entidad aseguradora y que el mismo no haya sido resuelto o haya sido desestimado, total o parcialmente, o que haya sido denegada su admisión, podrá comunicarse con la Superintendencia de Seguros de la Nación por teléfono al 0800-666-8400, correo electrónico a consultas@ssn.gob.ar o formulario disponible en la página argentina.gob.ar/ssn


El Servicio de Atención al Asegurado está integrado por: Responsable: Sabrina Burgos Tel: 0221-445-5001 Int. Opción 1- alt. 3 | Suplente: Camila Rubio Tel: 0221-445-5001 Int. Opción 1- alt. 3 | Nº de Inscripción ante la SSN: 0222


Tal lo establecido por la Resolución 271/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, es posible acceder a un modelo proforma del contrato de seguro de los productos comercializados, antes de solicitar la contratación. Para requerir el mismo, haga clic aquí. Las condiciones mencionadas se encuentran aprobadas por nuestro organismo de contralor la Superintendencia de Seguros de la Nación.